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Curso virtual 50 Horas Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST)

En la Resolución 4927 de 2016, el Ministerio de Trabajo estableció los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual gratuita en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Se definieron cinco (5) temas importantes que usted debe saber:

  • Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) están obligadas a ofrecer esta capacitación a sus empresas afiliadas.
  • El Ministerio de Trabajo verificará el cumplimiento de requisitos técnicos y tecnológicos y publicará en su página web un registro de las entidades o instituciones autorizadas para impartir dicha capacitación así como también las personas que han aprobado dicha formación.
  • Para mantener vigente la certificación, las personas deben realizar una actualización de 20 horas cada 3 años.
  • Este curso no faculta a las personas que lo reciben para realizar actividades que requieren licencia (Diseño de SGSST, Investigación de Accidentes de Trabajo graves o mortales, etc)
  • La responsabilidad, obligaciones y cumplimiento del SGSST corresponden al empleador, no pueden trasladarse a la persona que recibe la capacitación (ejecutor de dicho sistema) o al asesor / consultor cuando la empresa maneja dicha figura.


Alguien más debe obtener la certificación?


En todas las empresas, adicional al responsable del SGSST; los siguientes cargos también deben recibir la capacitación:

  • Integrantes del COPASST ó vigía SST
  • Integrantes del Comité de Convivencia
  • Brigadistas
  • Contratistas y subcontratistas (prestación de servicios)
  • Los responsables de contratar personal


Y si es una empresa de 10 o menos trabajadores?

La norma indica que en estas empresas el responsable de ejecutar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo no requiere licencia de prestación de servicios, será suficiente con la capacitación virtual de 50 horas siempre y cuando se cumplan tres condiciones:

  1. La empresa esté clasificada en nivel de riesgo I, II ó III.
  2. La persona responsable de ejecutar el SGSST sea trabajador con vínculo laboral (esto quiere decir no puede ser un contratista)
  3. El responsable de la ejecución del SGSST debe desarrollar y aplicar dicho sistema.


La norma es enfática que el curso se aplica para las personas que ejecutan, coordinen o implementen el SGSST. Esto indica inicialmente, que las personas que diseñan los SGSST (Profesionales y/o especialistas con licencia) no requieren realizar esta formación.


Algunas recomendaciones

En corto tiempo este curso será exigible a TODOS los trabajadores dependientes e independientes, así como a los empleadores; por lo que aconsejamos iniciar paulatinamente con programas de formación que garanticen que todo su personal ha recibido esta capacitación.

Aunque el curso virtual (en teoría) tiene lo básico que se debe saber para ejecutar el SGSST, es importante asesorarse de un experto para el diseño del mismo. Para pequeñas empresas no es necesario tener un asesor permanente, por lo que contratar una corta sesión en la que un profesional experto verifique, valide y recomiende ajustes al responsable del sistema puede evitarle futuros dolores de cabeza. Es una corta inversión que seguramente brindará tranquilidad en que el sistema que se tiene en la empresa es adecuado.

  • José Luis Vásquez
  • Soy autor y fundador de este blog, actividad que realizo como hobby pues considero una obligación con los nuevos y antiguos colegas, compartir el conocimiento. Tengo 15 años de experiencia profesional a cargo de departamentos HSEQ para empresas de todos los sectores y aún aprendo todos los días.

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